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Tener permiso para explotar unas aguas subterráneas no justifica la construcción de una caseta de riego en propiedad ajena

El uso del terreno lo permitió inicialmente la propietaria de la parcela, que lo cedió en precario, con la facultad de revocarlo a su voluntad. Tras ello, y una vez que las aguas subterráneas pasaron a tener naturaleza demanial, lo único que obtuvo la demandada fue la concesión administrativa necesaria para su aprovechamiento, que no cabe considerar como título suficiente para amparar su posesión.

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